¿Cuándo se considera producida la notificación de los nuevos valores catastrales?

  • Sólo se considerará notificado el nuevo valor catastral cuando se descarga el acuerdo completo de notificación de la revisión catastral  desde la página Web del Catastro (www.sedecatastro.gob.es)   introduciendo la clave que se señala en esa carta informativa inicial  y el NIF del titular.
  • Si no se realiza esa descarga dentro del plazo que señala la carta informativa (en las últimas cartas se señala como fecha máxima de descarga el día 29 de septiembre 2017) , el Catastro deberá remitir la notificación oficial completa por correo  postal certificado (en el caso de ser el titular persona física).

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